DERECHOS DE LOS PACIENTES Y SUS FAMILIAS





El paciente tiene derecho a que la atención médica se le otorgue por personal preparado de acuerdo a las necesidades de su estado de salud y a las circunstancias en que se brinda la atención; así como a ser informado cuando requiera referencia a otro médico.

El paciente tiene derecho a que el médico y el personal que le brinden atención médica, se identifiquen y le otorguen un trato digno, con respeto a sus convicciones personales y morales, principalmente las relacionadas con sus condiciones socioculturales, de género, de pudor y a su intimidad, cualquiera que sea el padecimiento que presente.


El paciente o en su caso el responsable tiene derecho a que el médico tratante les brinde información completa sobre el diagnostico, pronostico y tratamiento; se exprese siempre de forma clara y comprensible.

El paciente, o en su caso el responsable, tienen derecho a decidir con libertad, de manera personal y sin ninguna forma de presión, aceptar o rechazar cada procedimiento diagnóstico o de tratamiento ofrecido, así como el uso de medidas extraordinarias de supervivencia en pacientes terminales.

El paciente, o en su caso el responsable, tiene derecho a expresar su consentimiento, siempre por escrito, cuando acepte someterse con fines de diagnóstico o de tratamiento, a procedimientos que impliquen un riesgo, para lo cual deberá ser informado en forma amplia y completa en qué consisten, de los beneficios que se esperan, así como de las complicaciones o eventos negativos que pudieran presentarse a consecuencia del acto médico. Lo anterior incluye las situaciones en las cuales el paciente decida participar en estudios de investigación o en el caso de donación de órganos.

El paciente tiene derecho a que toda la información que exprese a su médico, se maneje con estricta confidencialidad y no se divulgue más que con la autorización expresa de su parte, incluso la que derive de un estudio de investigación al cual se haya sujetado de manera voluntaria; lo cual no limita la obligación del médico de informar a la autoridad en los casos previstos por la ley.


El paciente tiene derecho a recibir por escrito la información necesaria para obtener una segunda opinión sobre el diagnóstico, pronóstico o tratamiento relacionados con su estado de salud.


Cuando está en peligro la vida, un órgano o una función, el paciente tiene derecho a recibir atención de urgencia por un médico, en cualquier establecimiento de salud, sea público o privado, con el propósito de estabilizar sus condiciones.


Los pacientes tiene derecho a que el conjunto de los datos relacionados con la atención medica que reciban sean asentados en forma veraz, clara, precisa, legible y completa en un expediente que deberá de cumplir con la normativa aplicable y cuando lo solicite, obtener por escrito un resumen clínico veraz de acuerdo al fin requerido.


Los pacientes tienen derecho a ser escuchados y recibir respuesta por la instancia correspondiente cuando se inconforme por la atención medica recibida, Así mismo tiene derecho a disponer de vías alternas a las judiciales para tratar de resolver un conflicto con el personal de salud.


OBLIGACIONES DE LOS PACIENTES Y SUS FAMILIAS




  • Proporcionar y solicitar al personal médico información veraz y auténtica sobre su estado de salud.

  • Cumplir con las indicaciones y recomendaciones médicas.

  • Tratar con respeto al personal del Instituto.

  • Cuidar las instalaciones y el equipo médico.

  • Asistir puntualmente a las citas de seguimiento y de primera vez.

  • Mantener la limpieza del Instituto.

  • Dar fiel cumplimiento al reglamento de hospitalización (cuando su paciente se encuentre hospitalizado).

  • No fumar dentro de las instalaciones.

  • Cooperar con el personal en la atención de su paciente.